CABA: Por Ley niños hasta 12 años atrás y en su silla

2015-06-22

 

Sin dudas se necesita un cambio cultural en referencia al modo en el que transportamos a nuestros hijos en Argentina. Claudio Palmeyro, presidente de la Comisión de Tránsito y Transporte de CABA propone la norma, hubo controversia, luego se aprueba en diputados de CABA por 49 votos y ahí es donde muchas dudas surgen.

 

  • ¿Qué dice la norma?

 

Que los niños de hasta 12 años o de 150 cm. deben ir con SRI, sin dudas celebramos una normativa exigente y protectora como esta, ahora sin dudas habrá que ver el modo de aplicación, ya que muchos países optan por 135 cm. ya que suponen que se puede aplicar como posible, más allá de lo que sea ideal.

 

Deberá contar con homologación el SRI permitiendo las nacionales que están por entrar en vigenia, o las internacionales ECE R44 (Europa) FMVSS213 (USA y Canadá) o INMETRO 14400 (Brasil), tal y como lo resolvió hace algunos años Uruguay.

 

También la pena aplicable por no cumplir con la norma se determinó, será económica o se prevé la obligación de asistir "a un curso sobre la importancia del uso de los Sistemas de Retención Infantil dictado por la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte o por quien se encuentre delegado".

 

  • ¿Qué cambia?


Antes: Menores de 10 años o 120 cm. debían ir atrás y menores de 4 años en un sistema de retención infantil (SRI)


Ahora: Menores de 12 años atrás o (es importante la letra o) menores de 150 cm. deben ir atrás y en SRI

 

  • ¿Si el niño mide 140 cm y tiene 15 años, lo debe usarlo también?

NO, porque tenés más de 12 años (ahí la importancia de la letra o)

  • ¿Es en todo el país?


NO, solamente rigen en CABA, en principio desde Julio.

  • Y si vivo en otro lado y entro en CABA, ¿Tengo que cumplir esa norma?


SI

  • ¿El SRI que tengo no me sirve más al viajar de una provincia a otra?


El SRI será el mismo:

Grupo 0 o 0+ (el huevito) para los niños de hasta 1 año aproximadamente, Grupo 1 dese el año y hasta los 4

Grupo 2/3 (2 con respaldo, 3 sin respaldo) para los niños de más de 4 y 6 años respectivamente.

  • Tengo un hijo de 7 años... ¿Le tengo que comprar un SRI?

SI, ahora por ley, pero antes por seguridad. (Grupo 3)

  • Pero yo le pongo el cinturón de seguridad, ¿Tengo que comprarle ese SRI?

SI, el cinturón de seguridad se coloca y fabrica para que lo pueda utilizar una persona de más de 145/150 cm. observa cada vez que a tu hijo de 7 años le pones el cinturón de seguridad, podrás ver como le queda sobre el cuello en la parte superior y en la parte inferior le pasa sobre la panza, en ninguno de los dos casos pasa por zonas óseas, es decir, ante un choque o frenada brusca, el cinturón lo ahorca y lastima en órganos blandos (esos que están en la panza)
El Booster o SRI de grupo 3 es en ese caso el responsable de levantar el cuerpo del niño para que el cinturón de seguridad del vehículo, pase por los huesos y no por partes sensibles del cuerpo del niño que se pueden lesionar fácilmente.

  • Tengo un arnés... ¿Sirve?


NO, la norma habla de homologación (ECE R44, FMVSS 213, IRAM 3680.1 y .2), estos arneses no solamente no cumplen esa norma, sino que no brindan la seguridad que nuestros hijos merecen, no lo hacían antes, no lo hacen ahora. (Si querés saber más sobre el arnés y por qué no comprarlo, hacé cilick)

 

  • ¿Quién se beneficia?

Tu hijo

  • ¿Puede cubrir el mercado una gran demanda?

SI, hay productos de diferentes marcas y modelos que cubren la demanda

 

  • ¿Cómo me doy cuenta si está homologado?

Por la etiqueta

En canal 9 nos ocupamos de explicarlo y te lo mostramos

Los niños no son adultos en miniatura y según datos de la ONU mueren 500 niños por día en el tránsito, depende de nosotros protegerlos, no porque lo indique una norma... sino porque ellos no tienen repuesto ni precio.

Axel Dell' olio