UBER - #TAXI ¿COMERCIO VS SEGURIDAD VIAL?

2016-04-12

 

Desde este espacio, siempre estamos a favor de la #SeguridadVial y es nuestra única bandera, por eso más allá de sentar posición, como es nuestro estilo, queremos dejar algunas aclaraciones técnicas.

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UBER

 

UBER llegó a Argentina, es una suerte de "taxi comunitario" o una gran empresa remisera sin estructura física, que se pide desde una APP, pero que la mayoría coinciden, no tiene reglamentaciones claras. Luego de varias discusiones, comenzó a operar un 12 de abril a las 16 hs. en GCBA, es más, su primer pasajero fue @nachiviale que desde su cuenta de twitter subió videos y fotos donde se observa que no se puso el cinturón de seguridad.  Es una acción reprochable a la empresa, a la agencia de marketing, al conductor o al mismo nacho porque de algún modo es el mal ejemplo. Se empiezan a generar dudas: ¿A quién le harán la multa cuando sea transportado por un conductor “UBER?, primera pregunta. … Técnicamente este tema tiene más grises que claros.

 

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  • El seguro de responsabilidad civil o “contra terceros, ¿Va a cubrir al pasajero en caso de choque?, porque el conductor desarrolla una actividad comercial y en principio la póliza de seguro dice USO: PARTICULAR EXCLUSIVAMENTE, palabra más palabra menos… queremos decir con esto que ante un siniestro, el seguro que cubre a los terceros, lo hace siempre en cumplimiento de normativa vigente… y si haces un comercio y das un servicio, deja de ser “particular exclusivamente”. 
  • La licencia. El conductor profesional de taxis necesita la licencia “PROFESIONAL”, el de UBER necesita, solamente la licencia clase B1. Entre unos y otros alguna diferencia debiera existir, algún curso de diferencia debiera haber. 
  • Revisión técnica  ¿Qué obligación tendrá o tiene un auto de UBER ante ese procedimiento?, en ese punto los taxis deben hacer su revisión técnica anual.

 

Licencias, Revisión Técnica, Seguro de responsabilidad civil Son tres puntos que al menos debieran ser aclarados.

 

¿Quién legisla? 

Si es “Remís” o TAXI, la localidad, debería cumplir con normativa vigente si va a transportar pasajeros o es taxi o es remís, pero es algo, porque está haciendo una actividad comercial con el vehículo y debe ser claro en materia de reglamentación. 

Si es transporte interjurisdiccional, la Comisión Nacional de Regulación de Transporte –CNRT- (Nación) debería entregar algún permiso, pero para esto deben cumplir con ciertos requisitos de seguridad los vehículos habilitados.

  

¿Cuál es el precio establecido y dónde está reglamentado que así sea?

TAXIS

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El punto final se lo queremos dedicar a los “TAXIS”, que tributan ante la venta de cada licencia a CABA, con cerca de 20.000 fichas ($ 40.000 aproximadamente por cada operación). Están súper reglamentados por (entre otras) la Ley de CABA N° 3622, a modo de reflexión: 

Si bien no están todos nucleados bajo el mismo sindicato, algunos ni siquiera se encuentran sindicalizados.  Sobre todo los DUEÑOS de unidades, cumplen responsablemente y regularmente con cada uno de los requisitos viejos y nuevos “impuestos” o “propuestos” por uno de los sindicatos más importantes, que sin dudas es el de los peones de taxi, conducido desde 1.971 (34 años) por Omar Viviani, que de los casi 38.000 taxis que operan en CABA, cuenta con unos 14.000 afiliados que sin dudas lo posiciona como un sindicato “fuerte”, con un alto peso en la legislatura porteña.  ¿No le convendrá a este sindicato la presencia de UBER en Argentina? El número de taxis no va a crecer, los dueños seguirán siendo la misma cantidad, y los “peones” también, quizás sea una nueva manera de tener “afiliados”. 

De todos modos es curioso que muchos de estos actores, sobre todo quienes no son dueños, se golpeen el pecho haciendo gala de diferenciarse de #UBER.  El basamento de este comentario, está en la materia de #SeguridadVial,  principalmente en el hecho particular de haber visto su actitud cuando se discutió en 2015 la norma para incorporar #SRI (la sillita para llevar a los chicos en el auto seguros) en los vehículos y algunos “personajes” del citado sindicato hicieron aparentemente “lobby” para que esa norma no afectara a los taxis: Las pruebas sobre la mesa, la norma publicada habla de SRI para menores de 12 años o 1,50 cm en AUTOS PARTICULARES, evidentemente en ese momento no les interesaba la #SeguridadVial de los niños o ¿Pensaron que la energía cinética dentro del taxi, funcionaba de otro modo a la de un auto particular?, Sino no hubiesen "impedido que la norma los dejara afuera, ¿verdad? 

Es para pensar y reflexionar. Dejar reglas claras y que la plata no sea el único fin, En el medio: Está el usuario